Acuerdo

sobre

Procesamiento de datos de conformidad con el artículo 28 del RGPD

El procesador de datos:

Eversport GmbH

Heiligenstädterstrasse 31,

Stiege 2/501, 1190 Viena

(en lo sucesivo denominado «el Contratista» y «Eversports»)

El controlador de datos:

Socio contractual de Eversports

  1. Objeto del Acuerdo                                     1.1 El objeto de este contrato es la ejecución de las siguientes tareas:
    • El almacenamiento, actualización, transferencia y eliminación de datos de clientes, miembros y/o empleados
    • La transferencia (importación) de datos de clientes, miembros y/o empleados y datos de productos cuando sea relevante
    • Administración de productos
    • Administración de recursos (administración de espacio)
    • Administración de actividades
    • Administración del docente y del instructor
    • Procesamiento de consultas de asistencia
    • La posibilidad de exportar e importar datos de clientes

 

Con el propósito de cumplir con los siguientes objetivos:

  • Administración de clientes
  • Procesamiento de reservas
  • Procesamiento de transacciones
  • Análisis
  • Adherencia a la conformidad del registro de caja
  • Comunicación al cliente (suscripción a los boletines de noticias)

Este Acuerdo debe entenderse como un complemento del Acuerdo existente de Eversports Corporation entre el Contratista y el Contratante.

1.2. Se procesarán las siguientes categorías de datos:

    • Datos de contacto (nombre, apellidos, dirección, correo electrónico, número de teléfono)
    • Información del cliente (números y grupos de clientes)
    • Datos de la cuenta (fecha de creación)
    • Fecha de nacimiento
    • Sexo
    • Datos de imagen (imagen de perfil)
    • Datos bancarios (SEPA, tarjeta de crédito)
    • Datos de la reserva
    • Datos del pedido (productos, fecha de compra)
    • Datos de la factura
    • Suscripción al boletín de noticias

 

1.3. Las siguientes categorías de partes interesadas se someterán al tratamiento de datos:

    • Clientes
    • Miembros
    • Empleados
    • Instructores externos
    • Administradores

 

  1. plazo Del Acuerdo

Este Acuerdo se celebra por un plazo indeterminado y puede ser rescindido por cualquiera de las partes que cumpla con el período de notificación especificado en los Términos y Condiciones Generales de Negocios de Eversports. Este Acuerdo finalizará sin el requisito de declaraciones separadas una vez que se produzca la terminación definitiva del Acuerdo de Cooperación de Eversports.

 

La posibilidad de presentar el aviso de rescisión extraordinaria por una causa justificada no se verá afectada. Dicha notificación de rescisión extraordinaria se aplicará (sin perjuicio de los términos de rescisión acordados en ella), en cualquier caso, de la misma manera con respecto al Acuerdo de Cooperación de Eversports, en la medida en que la parte interesada está cubierta por este Acuerdo. Solo con respecto a los elementos de desempeño restantes (que, desde una perspectiva económica, pueden estar razonablemente separados), el Acuerdo de Eversports Corporation continuará de conformidad con los términos restantes del mismo.

3. Deberes del Contratante

 

3.1. El Contratante se compromete a obtener el consentimiento de las partes interesadas con respecto a los datos proporcionados al Contratista para su tratamiento en la medida en que el procesamiento no sea necesario en el marco del cumplimiento contractual o no se base en otro requisito legal especificado en el Artículo 6 del RGPD.

3.2. En particular, el Contratante se compromete a procesar los datos en categorías especiales (datos de salud) en el marco de la información del cliente solo con el consentimiento previo expreso de la parte interesada. El Contratista no asume ninguna responsabilidad con respecto al contenido introducido por el Contratante en los campos de texto libre.

3.3. El Contratante se compromete a no seguir procesando, reproduciendo o publicando sin el consentimiento de la parte interesada ninguna fotografía del cliente transmitida por Eversports durante el proceso de una reserva.

3.4. El Contratante será el único responsable de implementar/iniciar la eliminación oportuna de los datos.

3.5. El Contratante será, de manera exclusiva, el encargado de la toma de decisiones sobre cualquier restricción, eliminación o rectificación de los conjuntos de datos que forman el objeto de este Acuerdo. El Contratista, por lo tanto, no actuará más allá de las instrucciones expresas y documentadas del Contratista. En el caso de que, a este respecto, las partes interesadas se pongan en contacto directo con el Contratista, dichas consultas se transmitirán al Contratante.

3.6. El Contratante deberá incluir en su lista de correo de boletines de noticias a los clientes que hayan reservado a través de la plataforma Eversports (aplicación, marketplace o widget) solo con su consentimiento expreso. Deben tenerse en cuenta los términos de la Sección 107 de la Ley de Telecomunicaciones de Austria (Telekommunikationsgesetz), u otra que la suceda, en este contexto, en cualquier caso.

4. Deberes del Contratista

 

4.1. El Contratista se compromete a procesar los datos y los resultados del tratamiento exclusivamente en el marco de las instrucciones escritas del Contratante. En el caso de que el Contratista reciba una orden oficial para entregar los datos del Contratante, en la medida en que la ley lo permita, debe informar al Contratista de inmediato y remitir a la autoridad en cuestión al Contratante. De la misma manera, cualquier procesamiento de datos para fines propios del Contratista requerirá una orden por escrito.

4.2. El Contratista declara sobre una base legalmente vinculante que todas las personas encargadas del tratamiento de datos se encuentran bajo un deber de confidencialidad antes de comenzar su empleo o que dichas personas están sujetas a un deber legal de confidencialidad razonable. En particular, el deber de confidencialidad que incumbe a las personas encargadas del tratamiento de datos deberá seguir siendo operativo incluso después de la finalización de su trabajo y de la terminación del empleo con el Contratista.

4.3. El Contratista declara de manera legalmente vinculante que ha tomado todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad del procesamiento de conformidad con el Artículo 32 del RGPD (para más detalles, consulte el Anexo 1).

4.4. El Contratista tomará las medidas técnicas y organizativas necesarias para que el Contratante pueda respetar en todo momento los derechos de las partes interesadas según el Capítulo 3 del RGPD (información, acceso, rectificación y eliminación, portabilidad de datos, objeción y decisión automatizada en una instancia individual) dentro de los límites temporales legales y deberá proporcionar al Contratante toda la información requerida al respecto. Si se envía una solicitud correspondiente al Contratista y si la misma revela que el solicitante considera erróneamente que el Contratista es el Contratante en relación con la actividad de tratamiento manejada, el Contratista reenviará inmediatamente la solicitud al Contratante y lo notificará al solicitante.

4.5. El Contratista apoyará al Contratante en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los Artículos 32 a 36 del RGPD (medidas de seguridad de datos, notificación de una violación de datos personales a la autoridad supervisora, comunicación de una violación de datos personales al interesado, evaluación de impacto de la protección de datos, consulta previa). El Contratista tendrá derecho a facturar cualquier costo adicional que surja a este respecto al Contratante cuando dichos costos no estén cubiertos por el contrato subyacente real.

4.6. Se le debe otorgar al Contratante el derecho de inspeccionar y controlar las instalaciones de tratamiento de datos con respecto a los datos transferidos por el Contratante. El Contratista se compromete a proporcionar al Contratante cualquier información que se le solicite, información que se requerirá con el fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este Acuerdo.

4.7. Tras la finalización de este Acuerdo, el Contratista tendrá la obligación de anonimizar todos los resultados del tratamiento y los documentos que contengan datos personales. Al Contratista se le permitirá expresamente continuar almacenando y analizar dichos datos anónimos.

4.8. El Contratista debe informar al Contratante de inmediato si considera que cualquier instrucción del Contratante infringe la ley de protección de datos de la Unión Europea o los Estados miembros de la UE.

4.9. El Contratista se compromete a eliminar los datos de los medios de almacenamiento locales luego de la importación de datos de herramientas externas y la integración en la base de datos de Eversports.

5. Lugar de ejecución del tratamiento de datos

 

Las actividades de tratamiento de datos se realizarán al menos parcialmente también fuera de la UE/EEE, concretamente en los Estados Unidos y Canadá. Un nivel razonable de protección de datos se basa en una decisión de adecuación de la Comisión Europea de conformidad con los términos del artículo 45 del RGDP.

6. Subprocesadores

 

6.1. El Contratista podrá contratar subprocesadores.
El Contratista obtendrá los consentimientos necesarios del subprocesador en el sentido del Artículo 28 (4) del RGPD. En este contexto, será necesario garantizar que el subprocesador esté sujeto a las mismas obligaciones a las que está sujeto el Contratista sobre la base de este Acuerdo. En el caso de que el subprocesador no cumpla con sus deberes de protección de datos, el Contratista será responsable ante el Contratante del cumplimiento de los deberes del subprocesador.

6.2. El Contratista tendrá derecho a contratar a otros grupos afiliados como subprocesadores, y el Contratante por la presente otorga su consentimiento previo para ello. Estos son en la actualidad, específicamente: …

7. Responsabilidad

 

7.1. Cada parte contratante será responsable en principio únicamente y sin restricciones de todas las consecuencias perjudiciales de una violación de los deberes de protección de datos en el marco de su área de responsabilidad contractual y/o legal y, en caso de reclamación de terceros, deberá indemnizar a la otra parte y mantener a dicha parte fuera de todo perjuicio.

7.2. Dicho deber de indemnización incluirá, en particular, en la medida en que la ley lo permita, las multas monetarias impuestas por las autoridades a una parte contratante con respecto a una conducta atribuible a la otra parte.

7.3. La responsabilidad por parte del Contratista se limitará a dos veces el valor anual (tarifa) en virtud del Acuerdo de Eversports Corporation y a los casos de negligencia grave o intención. Se excluirá tanto la responsabilidad por negligencia menor como la responsabilidad por pérdidas consecuentes.

8. Disposiciones finales

 

8.1. En el caso de que alguna parte individual de este Acuerdo sea o se vuelva inválida, esto no afectará la validez de los términos restantes del presente Acuerdo. Cualquier disposición inválida será reemplazada por un término válido/admisible que se acerque lo más posible a la intención económica y al propósito perseguido por las partes.

8.2. Este acuerdo de tratamiento, a menos que se acuerde lo contrario en el contrato subyacente, estará sujeto únicamente al derecho material austriaco, así como a los términos de la legislación de la UE que rigen la materia pertinente, en particular el RGPD. El lugar de jurisdicción será Viena.

Viena, fecha

En nombre del Contratante:

Viena, fecha

En nombre del Contratista:

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[Nombre y función]

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[Nombre y función]