Acuerdo de Encargo de Tratamiento de Datos
de conformidad con el artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD)
El Encargado del Tratamiento:
Eversport GmbH
Jakov-Lind-Straße 13 / H / 5ª planta
1020 Viena, Austria
(en adelante, el “Encargado” y “Eversports”)
El Responsable del Tratamiento:
Socio contractual de Eversports
(en adelante, el “Responsable”)
1. OBJETO DEL ACUERDO
1.1 Objeto
El objeto del presente acuerdo es la realización de las siguientes actividades:
● almacenamiento, actualización, transmisión y eliminación de datos de clientes, miembros y/o empleados
● transmisión (importación) de datos de clientes, miembros y/o empleados y, en su caso, datos de productos
● gestión de productos
● gestión de recursos (gestión de salas)
● gestión de actividades
● gestión de entrenadores y profesores
● tramitación de solicitudes de soporte
● posibilidad de exportación e importación de datos de clientes
para la consecución de los siguientes fines:
● gestión de clientes
● gestión de reservas
● gestión de transacciones
● elaboración de informes
● cumplimiento de la normativa sobre sistemas de caja registradora
● comunicación con clientes (suscripciones a newsletter)
El presente acuerdo constituye un complemento del Contrato de Colaboración existente entre el Encargado y el Responsable.
1.2 Categorías de datos tratados
Se tratarán las siguientes categorías de datos:
● datos de contacto (nombre, apellidos, dirección, correo electrónico, teléfono)
● información de cliente (número de cliente y grupos)
● datos de cuenta (fecha de creación)
● fecha de nacimiento
● género
● datos de imagen (foto de perfil)
● datos bancarios (SEPA, tarjeta de crédito)
● datos de reservas
● datos de pedidos (productos, fecha de compra)
● datos de facturación
● suscripción a newsletter
1.3 Categorías de personas afectadas
● clientes
● miembros
● empleados
● entrenadores externos
● administradores
2. DURACIÓN DEL ACUERDO
El presente acuerdo se celebra por tiempo indefinido y podrá ser rescindido por cualquiera de las partes con el preaviso establecido en las Condiciones Generales de Eversports.
El acuerdo finalizará automáticamente, sin necesidad de declaración adicional, con la extinción total del Contrato de Colaboración con Eversports.
La posibilidad de resolución extraordinaria por causa justificada no se verá afectada. En tal caso, la resolución se extenderá igualmente al Contrato de Colaboración en la medida en que su objeto esté cubierto por este acuerdo.
3. OBLIGACIONES DEL RESPONSABLE
3.1
El Responsable se compromete a recabar el consentimiento de las personas afectadas para el tratamiento de los datos cedidos al Encargado, salvo que el tratamiento sea necesario para la ejecución contractual o se base en otra base jurídica del artículo 6 del RGPD.
3.2
El Responsable se compromete, en particular, a tratar categorías especiales de datos (datos de salud) únicamente con consentimiento expreso de la persona afectada.
El Encargado no asume responsabilidad alguna por el contenido introducido por el Responsable en campos de texto libre.
3.3
El Responsable se compromete a no tratar, reproducir ni publicar fotografías de clientes transmitidas por Eversports en el marco de una reserva sin el consentimiento de la persona afectada.
3.4
El Responsable será responsable de llevar a cabo o iniciar la supresión de datos en tiempo oportuno.
3.5
La decisión sobre la limitación, supresión o rectificación de los datos contractuales corresponde exclusivamente al Responsable. El Encargado actuará únicamente previa instrucción expresa y documentada del Responsable.
Si las personas afectadas se dirigen directamente al Encargado, dichas solicitudes serán remitidas al Responsable.
3.6
El Responsable solo incorporará a su lista de distribución de newsletter a los clientes que hayan reservado a través de la Plataforma Eversports (App, Marketplace o Widget) previa obtención de su consentimiento expreso.
Deberán cumplirse en todo caso las disposiciones del § 107 TKG o la normativa que lo sustituya.
4. OBLIGACIONES DEL ENCARGADO
4.1
El Encargado se compromete a tratar los datos y los resultados del tratamiento exclusivamente en el marco de las instrucciones escritas del Responsable.
Si el Encargado recibe una orden administrativa para revelar datos del Responsable, deberá —siempre que la ley lo permita— informar inmediatamente al Responsable y remitir a la autoridad correspondiente al mismo.
Cualquier tratamiento para fines propios requerirá una instrucción escrita.
4.2
El Encargado declara de forma vinculante que todas las personas encargadas del tratamiento han sido obligadas a la confidencialidad antes de iniciar su actividad o están sujetas a una obligación legal adecuada de secreto profesional.
La obligación de confidencialidad subsistirá incluso tras la finalización de la relación laboral.
4.3
El Encargado declara haber adoptado todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad del tratamiento conforme al artículo 32 del RGPD (véase el Anexo correspondiente).
4.4
El Encargado adoptará medidas técnicas y organizativas para que el Responsable pueda cumplir en todo momento con los derechos de las personas afectadas conforme al capítulo III del RGPD.
4.5
El Encargado apoyará al Responsable en el cumplimiento de las obligaciones previstas en los artículos 32 a 36 del RGPD.
El Encargado podrá facturar los costes adicionales derivados de este apoyo que no estén cubiertos por el encargo base.
4.6
Se concede al Responsable el derecho de inspección y control de las instalaciones de tratamiento.
El Encargado facilitará, previa solicitud, toda la información necesaria para verificar el cumplimiento del presente acuerdo.
4.7
Tras la finalización del acuerdo, el Encargado deberá anonimizar todos los resultados del tratamiento y documentos que contengan datos personales.
El Encargado podrá seguir almacenando y evaluando dichos datos anonimizados.
4.8
El Encargado informará inmediatamente al Responsable si considera que una instrucción infringe la normativa de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros.
4.9
El Encargado se compromete a eliminar los datos importados desde herramientas externas de los soportes locales una vez integrados en la base de datos de Eversports.
5. LUGAR DEL TRATAMIENTO
Las actividades de tratamiento se realizan, al menos en parte, fuera de la UE/EEE, concretamente en Estados Unidos y Canadá.
El nivel adecuado de protección de datos se basa en decisiones de adecuación de la Comisión Europea conforme al artículo 45 del RGPD.
6. SUBENCARGADOS
6.1
El Encargado podrá recurrir a subencargados.
El Encargado obtendrá las autorizaciones necesarias conforme al artículo 28 apartado 4 del RGPD y garantizará que el subencargado asuma las mismas obligaciones.
Si el subencargado incumple sus obligaciones en materia de protección de datos, el Encargado responderá frente al Responsable.
6.2
El Encargado podrá utilizar empresas del grupo como subencargados, entendiéndose otorgado el consentimiento previo por el Responsable.
7. RESPONSABILIDAD
7.1
Cada parte será responsable de forma independiente e ilimitada de las consecuencias derivadas del incumplimiento de sus obligaciones en materia de protección de datos dentro de su respectivo ámbito de responsabilidad.
7.2
Esta obligación incluye, en la medida legalmente permitida, las multas administrativas impuestas a una parte por hechos atribuibles a la otra.
7.3
La responsabilidad del Encargado se limita al doble del valor anual (remuneración) del Contrato de Colaboración y únicamente en casos de dolo o negligencia grave.
Queda excluida la responsabilidad por negligencia leve y por daños indirectos o consecuenciales.
8. DISPOSICIONES FINALES
8.1
Si alguna disposición resultara inválida, ello no afectará a la validez de las restantes.
8.2
El presente encargo de tratamiento se regirá por el derecho material austriaco y el derecho de la Unión Europea, en particular el RGPD.
La jurisdicción será Viena.
Para el Responsable:
………………………………………
[Nombre y cargo]
Viena, a fecha …
Para el Encargado:
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[Nombre y cargo]
Viena, a fecha …
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